As of April 14th, 2025, a US district court judge blocked early termination of CHNV Parole.
This ruling impacts only those IRC clients who entered through the CHNV program (with HHP or CHP on their I-94s). It prevents their parole and work authorization from ending on 4/24, and restores their original dates of parole and work authorization.
The ruling, however, does not relate to anyone who entered through CBP One (with a code of DT on their I-94s) or to the emails regarding termination of parole people have received from CBP.
More guidance coming soon!
El Comité Internacional del Rescate (IRC) ha creado recursos para los clientes en los Estados Unidos. Esperamos ayudar a las personas por medio de esta hoja a entender mejor sus derechos y el proceso de inmigración. Sin embargo, esta información no sustituye el asesoramiento legal de un abogado calificado o un representante acreditado. Tenga en cuenta que la información proporcionada es precisa al 24 de enero de 2025 y puede cambiar rápidamente debido a otros cambios de políticas y/o decisiones judiciales.
El 20 de enero de 2025, el presidente Donald Trump emitió una serie de órdenes ejecutivas que exigen una aplicación más estricta de las leyes de inmigración y un aumento de las deportaciones. Una orden ejecutiva es una orden firmada, escrita y publicada por el presidente de los Estados Unidos que tiene el mismo efecto que una ley. Desde entonces, las agencias federales han emitido más guianzas para implementar algunas de estas órdenes. El caso de inmigración de cada persona es único. Hable con un abogado de inmigración o un representante legal acreditado por el Departamento de Justicia sobre sus opciones. ¿No está seguro de cómo podría verse afectado su estatus migratorio por el nuevo gobierno de los EE. UU.? A continuación, encontrará información y orientación en general.
NO.
Como asilado o refugiado, los Estados Unidos le han concedido protección indefinida. No se le puede poner en proceso de deportación a menos que haya cometido fraude o declaración falsa, haya regresado a su país de origen o haya cometido ciertos delitos penales. (Si alguno de estos casos se aplica a su caso, debe hablar con un abogado de inmigración o un representante legal acreditado por el Departamento de Justicia para evaluar sus riesgos). Los asilados/refugiados deben buscar ayuda de un abogado de inmigración o un representante acreditado para solicitar un Ajuste de Estatus (una tarjeta verde) lo antes posible después de completar un año de presencia física en los EE. UU.
Siempre debe llevar consigo un comprobante de su condición de asilado o refugiado. Si la policía lo detiene y le pregunta sobre su condición migratoria, debe mostrarles un comprobante de su condición de asilado (concesión de asilo y/o permiso de trabajo (a)(5)) o de refugiado (prueba de entrada como refugiado y/o permiso de trabajo (a)(3)).
TAL VEZ!
Por ley, el presidente debe revisar todas las designaciones de países beneficiarios del TPS y determinar si las extiende o las cancela antes de su vencimiento. Si se termina el TPS, aquellos que actualmente tienen TPS no podrán renovar su TPS o autorización de trabajo y pueden estar sujetos a detención y/o deportación. A la fecha de esta guía, aún no ha habido terminaciones de TPS.
Siempre debe llevar consigo un comprobante de su estatus de TPS. Si la policía lo detiene y le pregunta por su estatus migratorio, debe mostrarles su notificación de aprobación de TPS y/o su permiso de trabajo (a)(12) o (c) (19).
NO.
Como residente permanente, usted tiene permiso sin límites de tiempo para vivir y trabajar en los Estados Unidos. No puede ser sujeto a procedimientos de deportación a menos que haya cometido fraude, haya abandonado su residencia al estar fuera de los Estados Unidos durante demasiado tiempo, o haya cometido ciertos delitos penales. Si cree que alguno de estos casos puede aplicarse a su caso, debe hablar con un abogado de inmigración o un representante legal acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) para evaluar sus riesgos. Se recomienda a los residentes permanentes que hablen con un abogado de inmigración o un representante acreditado antes de solicitar la naturalización.
Siempre debe llevar consigo su tarjeta de residente permanente legal (LPR). Si la policía lo detiene y le pide una prueba de su estatus migratorio, infórmeles que es residente permanente y muéstreles su tarjeta LPR.
Todas las personas que viven en los Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio, tienen ciertos derechos básicos según la Constitución de los Estados Unidos. Las personas con estatus migratorio temporal también tienen estos derechos. Conozca sus derechos y no tema ejercerlos cuando interactúe con la policía o con los agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
Si usted es detenido o interrogado por la policía o por un oficial de inmigración, recuerde que tiene los siguientes derechos:
Puede negarse a hablar con ellos. No tiene que decir dónde nació ni cómo ingresó a los EE. UU.
Tiene derecho a consultar a un abogado.
Antes de firmar cualquier documento, debe hablar con un abogado.
Lleve consigo una tarjeta Conocer Sus Derechos en su idioma y muéstrela si un oficial de inmigración lo detiene. (Vea más recursos de CSD a continuación).
Si no es ciudadano estadounidense y un funcionario de inmigración le solicita sus documentos, debe mostrarlos si los tiene consigo. Lleve consigo sus documentos de inmigración en todo momento. Si no tiene documentos de inmigración, puede decir que desea permanecer en silencio.
Red Cards: All people in the United States, regardless of immigration status, have certain rights and protections under the U.S. Constitution. The Immigrant Legal Resource Center created the Red Card to help people assert their rights and defend themselves during ICE’s (Immigration and Customs Enforcement) raids.
Print your card from home in your language: Spanish